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Compañeros Trabajadores de la Universidad de Fuerzas Armadas ESPE. Reciban un cordial saludo de los compañeros que convencidos y muy seguros que el compañerismo la unión y la amistad se va cultivando en el día a día de nuestras vidas les invitamos ha formar parte en la conformación  de nuestra organización, con el mas alto propósito de formar un gran equipo de trabajo que llene las expectativas de nuestras autoridades, y seguir siendo uno de los pilares fundamentales de nuestra universidad, y que amparados y respetuosos de la constitución y las leyes alcanzar nuestros objetivos


CONSTITUCION ECUATORIANA VIGENTE
Con los artículos que son de interes

TÍTULO II

DERECHOS http://www.efemerides.ec/img/arriba1.JPG 

Capitulo primero

Sección octava

Trabajo y seguridad socialhttp://www.efemerides.ec/img/arriba1.JPG 
  
Art. 33.- El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.

Capítulo sexto

Derechos de libertadhttp://www.efemerides.ec/img/arriba1.JPG

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:

9.    El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria.

TÍTULO IV

Capítulo séptimo

Sección tercera

Administración pública
Servidoras y servidores públicoshttp://www.efemerides.ec/img/arriba1.JPG
  
Las obreras y obreros del sector público estarán sujetos al Código de Trabajo.La remuneración de las servidoras y servidores públicos será justa y equitativa, con relación a sus funciones, y valorará la profesionalizaran, capacitación, responsabilidad y experiencia

Capítulo sexto

Sección tercera
Formas de trabajo y su retribución
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 Art. 326.- El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios:

3.- Se garantizará el derecho y la libertad de organización de las personas trabajadoras, sin autorización previa. Este derecho comprende el de formar sindicatos, gremios, asociaciones y otras formas de organización, afiliarse a las de su elección y desafinarse libremente. De igual forma, se garantizará la organización de los empleadores.

4.-El Estado estimulará la creación de organizaciones de las trabajadoras y trabajadores, y empleadoras y empleadores, de acuerdo con la ley; y promoverá su funcionamiento democrático, participativo y transparente con alternabilidad en la dirección.

Art. 328.-Las personas trabajadoras del sector privado tienen derecho a participar de las utilidades líquidas de las empresas, de acuerdo con la ley. La ley fijará los límites de esa participación en las empresas de explotación de recursos no renovables. En las empresas en las cuales el Estado tenga participación mayoritaria, no habrá pago de utilidades.


 Compañeros trabajadores se ha detallado algunos artículos de la constitución que son de interés para alcanzar este propósito integrate y se participe               SALUDOS

Esta es nuestra dirección  electrónica ha donde puedes llegar con sugerencias,comentarios que serán de enorme apoyo para alcanzar nuestro propósito

http://asotraespe2014.blogspot.com/



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